¿Me aplica NIS2? Comprueba si tu empresa está afectada
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No hemos localizado la ley española que transpone la directiva (consulta del 20-10-2026). · Revisión 20-10-2026
Estado de la norma: No hemos localizado la ley española que transpone la directiva (consulta del 20-10-2026). El 08-07-2026 la Comisión decidió llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no transponerla, y el 06-10-2026 se disolvieron las Cortes (Real Decreto 806/2026): los proyectos de ley tendrán que tramitarse ante las nuevas Cortes. Este resultado anticipa el ámbito de la directiva y no sustituye las obligaciones que ya tengas. Mientras, siguen vigentes el Real Decreto-ley 12/2018 y el Real Decreto 43/2021 para los operadores de servicios esenciales y los proveedores de servicios digitales incluidos en su ámbito.
Qué miramos
- Dónde está establecida tu empresa, porque de eso depende qué ley nacional te rige (art. 26).
- A qué te dedicas: primero por situación y después el tipo de entidad concreto de los anexos I y II.
- Tu tamaño con la definición europea: plantilla, volumen de negocio, balance, empresas del grupo y los dos últimos ejercicios (Recomendación 2003/361/CE).
- Si una autoridad te ha comunicado por escrito que eres operador crítico, entidad crítica u operador de servicios esenciales (art. 2.3 y 3.1).
- Si tu actividad es de defensa o seguridad (art. 2.7 y 2.8) y si eres entidad financiera, porque entonces prevalece DORA (art. 4).
Lo que no es
Orientativo, no es asesoramiento jurídico. Este verificador aplica las reglas de la norma a tus respuestas con la información disponible el 20-10-2026. No sustituye el análisis de tu caso por un profesional, no certifica el cumplimiento y puede no recoger excepciones o normas nacionales que te afecten. Si tu resultado es «Probablemente» o «No podemos determinarlo», revísalo con tu asesoría.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la NIS2?
La Directiva (UE) 2022/2555, que fija medidas de gestión de riesgos de ciberseguridad y obligaciones de notificación de incidentes para entidades esenciales e importantes de la UE (art. 1). Está en vigor desde el 16-01-2023 y los Estados miembros debían aplicar sus leyes de transposición desde el 18-10-2024 (art. 41 y 45).
¿Quién está obligado a cumplir NIS2?
Las entidades públicas o privadas de los tipos que enumeran los anexos I y II que superan el tamaño de pequeña empresa y prestan sus servicios o ejercen sus actividades en la Unión (art. 2.1). Algunas entran sea cual sea su tamaño (art. 2.2 a 2.4). Las obligaciones llegan a través de la ley nacional que transpone la directiva.
¿Cómo saber si me aplica NIS2?
Comprueba si tu actividad corresponde a un tipo de entidad de los anexos I o II, si superas el tamaño de pequeña empresa contando las empresas de tu grupo y si estás en algún supuesto que no depende del tamaño o en una exclusión (art. 2 y 3). Son las preguntas de este verificador, con el artículo de cada conclusión.
¿Cuándo entra en vigor NIS2 en España?
A 20-10-2026 no hemos localizado la ley española que la transpone. La directiva está en vigor y el 08-07-2026 la Comisión decidió llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no transponerla. Si eres operador de servicios esenciales o proveedor de servicios digitales, el Real Decreto-ley 12/2018 y el Real Decreto 43/2021 sí te obligan hoy.
¿A quién aplica NIS2 si somos una pyme?
Si tienes menos de 50 personas y tu volumen de negocio anual o tu balance general anual no supera los 10 millones de euros, por tamaño quedas en principio fuera; el tamaño se calcula con las empresas de tu grupo y los dos últimos ejercicios. Hay supuestos que no dependen del tamaño: las redes o servicios de comunicaciones electrónicas públicas, los prestadores de servicios de confianza, los registros de dominios de primer nivel y los proveedores de DNS (art. 2.2.a); los servicios de registro de nombres de dominio (art. 2.4); las entidades que el Estado identifique por su papel (art. 2.2.b a 2.2.e) y las entidades críticas (art. 2.3).
¿Qué diferencia hay entre entidad esencial e importante?
La directiva clasifica las entidades de su ámbito en esenciales e importantes (art. 3). En general, son esenciales las de los sectores del anexo I que superan el tamaño de mediana empresa y algunas otras por su tipo o por designación; las demás son importantes. La diferencia está sobre todo en la supervisión y en las multas máximas (art. 32 a 34).
¿Me afecta NIS2 si soy proveedor de una empresa obligada?
Si tu empresa no está en el ámbito, la directiva no te impone sus obligaciones directamente. Pero tus clientes obligados deben gestionar la seguridad de su cadena de suministro (art. 21.2.d) y pueden pedirte medidas, cuestionarios o cláusulas por contrato.
¿Qué plazos hay para notificar un incidente?
Ante un incidente significativo, la directiva prevé una alerta temprana en 24 horas y la notificación del incidente en 72 horas, ambas desde que se tiene constancia, y un informe final a más tardar un mes después de esa notificación; si el incidente sigue en curso, un informe de situación entonces y el final en un mes desde que se gestiona (art. 23.4). Los prestadores de servicios de confianza notifican en 24 horas en lugar de 72. La ley española puede concretar el procedimiento.
¿Y si mi empresa está en otro país de la UE?
En general te rige la ley del Estado miembro donde estás establecido (art. 26.1). Si prestas redes o servicios de comunicaciones electrónicas al público, te rige la de cada Estado donde los prestas (art. 26.1.a). Para proveedores de DNS, de computación en nube, de centros de datos o de servicios gestionados, entre otros, cuenta su establecimiento principal en la Unión (art. 26.1.b y 26.2).
Fuentes oficiales
- Directiva (UE) 2022/2555 (NIS2), texto oficial en español (se abre en otra pestaña) · consultada el 20-10-2026
- Recomendación 2003/361/CE (definición de pyme) (se abre en otra pestaña) · consultada el 12-10-2026
- Real Decreto-ley 12/2018, de seguridad de las redes y sistemas de información (se abre en otra pestaña) · consultada el 20-10-2026
- Real Decreto 43/2021, que desarrolla el Real Decreto-ley 12/2018 (se abre en otra pestaña) · consultada el 12-10-2026
- Ley 8/2011, de protección de las infraestructuras críticas (se abre en otra pestaña) · consultada el 12-10-2026
- Directiva (UE) 2022/2557, de resiliencia de las entidades críticas (se abre en otra pestaña) · consultada el 12-10-2026
- Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2690 (medidas técnicas para ciertos tipos de entidad) (se abre en otra pestaña) · consultada el 20-10-2026
- Reglamento (UE) 2022/2554 (DORA) (se abre en otra pestaña) · consultada el 12-10-2026
- Comisión Europea: decisión de llevar a España ante el TJUE por no transponer NIS2 (08-07-2026) (se abre en otra pestaña) · consultada el 20-10-2026
- Ministerio del Interior: anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad (14-01-2025) (se abre en otra pestaña) · consultada el 12-10-2026
- Real Decreto 806/2026, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado (se abre en otra pestaña) · consultada el 20-10-2026
Reglas revisadas el 20-10-2026.
Referencia de la versión, por si nos escribes: 2026.10.12-r5
Cambios en las reglas
- 20-10-2026 · versión 2026.10.12-r5. Primera versión completa: 53 tipos, pregunta de la historia de tu empresa sin el grupo, operadores de fuera de la UE y obligaciones por tipo de entidad. Revisión: DORA prevalece en obligaciones y plan, supuestos del art. 2.2.b-e por separado, identificación del Estado en la clase, defensa y seguridad en todos los sectores, telecomunicaciones según dónde prestas servicio y multas de la Administración.
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